Nueva Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas08/01/2014

¿Por qué es necesaria la Ley?

Es bien sabido que uno de los factores que resta competitividad a las empresas es la alta morosidad de las Administraciones Públicas, lo que les genera problemas de supervivencia, así como pérdida de empleo. Es en este punto donde la Ley proporcionará las herramientas necesarias para que los proveedores estén protegidos en sus relaciones comerciales con las Administraciones Públicas, ya que sus facturas tendrán que ser presentadas en un registro administrativo, lo que conlleva que quedé constancia de la fecha de dicho registro, con el fin de poder reclamar los intereses correspondientes en caso de retraso en el pago. Igualmente, la Ley es muy beneficiosa para las Administraciones, ya que les permitirá llevar un control más riguroso de las facturas, con lo que el pago de las mismas se realizará en el plazo.

 

¿Qué datos deben incluir las fracturas?

Para que el registro contable de las facturas en las Administraciones Públicas sea efectivo, dichas facturas tienen que tener, como mínimo, los siguientes datos:

· Fecha de emisión de la factura.
· Tercero.
· País emisor del número de identificación.
· Número de identificación fiscal o número de identificación equivalente y la denominación: nombre y apellidos, razón o denominación social completa.
· Número de factura y descripción de la misma.
· Importes: sin IVA, con IVA y, en su caso, importe por retención Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.··
· Código y Unidad Tramitadora.
· Código y Oficina Contable.

 

EslaGest, como ya es habitual, está adaptado a la perfección a la nueva Ley, a la directrices dictadas, con lo que se ha facilitado el trabajo de los proveedores de las Administraciones Públicas al máximo.
 
 

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